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Explotación sexual, la modalidad de trata más presente en 11 municipios



La explotación sexual es la modalidad de trata de personas más presente en 11 municipios de la República Dominicana analizados: de 56 casos registrados, 25 corresponden a este tipo de delito como determinó una investigación realizada por Participación Ciudadana y la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).

El estudio cualitativo destacó que en las zonas turísticas de municipios como Higüey, La Romana, Puerto Plata y Boca Chica la explotación sexual comercial es “más aguda”. Pero en el caso particular de Boca Chica, afirmó que existe una “fuerte concentración” en la captación de la población infantil y adolescente como víctima de explotación sexual comercial.

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Los datos se asemejan a los arrojados por el “Informe anual sobre la trata de personas 2021” del Departamento de Estados de Estados Unidos. El documento mantiene al país como un destino para los turistas sexuales, principalmente de Norteamérica y Europa, para el tráfico sexual de niños que se produce en las calles, en los parques y en las playas.

El informe de Estados Unidos criticó al Gobierno y afirmó que este no reúne las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas, pero reconoció que se hacen esfuerzos para lograrlo. Este reconocimiento llevó a que sacara a la República Dominicana en la lista de advertencia del nivel 2.


Los municipios estudiados fueron Sosúa, San Felipe de Puerto Plata, Santiago, San Francisco de Macorís, Santo Domingo Oeste, Santo Domingo Este, Boca Chica, Distrito Nacional, Higüey, La Romana y San Pedro de Macorís.

En todos, pero en diferentes modalidades

El informe de Participación Ciudadana, realizado por Eddy Tejeda, Tahira Vargas e Ivrance Martine, se resaltó que la trata de personas está presente en todos los municipios estudiados, pero en modalidades diferentes. Además de evidenciarse casos de trata interna, trata externa y de personas migrantes.

Ante estas coincidencias, como fueron señaladas, la investigación concluyó que se demuestra que la trata de personas cuenta con un soporte de entramado social que fluye entre municipios, entre provincias y trasciende los territorios.

Judicialización de los casos

Una de las críticas a la situación de la trata de personas en la República Dominicana es la “débil” judicialización de los casos, sobre todo en los municipios analizados. Esto, de acuerdo con el estudio, afecta la prevención y la detección “porque acrecienta el miedo a la denuncia y la desconfianza en la persecución del delito”. 

Por ello, argumentaron los investigadores, la trata de personas se convierte en un delito con una alta impunidad que permeada por la corrupción y la complicidad con los tratantes de autoridades responsables de su persecución. 

El último informe del país sobre la trata de personas y el tráfico ilícito de migrante data de 2020 y en él se destacan que hubo dos investigaciones que involucraron a oficiales asignados a la “Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (PETT). 

Hubo agentes policiales investigados, pero no precisa la cantidad. Las indagatorias concluyeron que los policías no habían incurrido en la comisión de faltas de conformidad con la Ley 590-16 Orgánica de la Policía Nacional. 

"La República Dominicana es un país de origen, destino y tránsito de trata de personas"

Tahira Vargas

Antropóloga social

Pero en el caso de un oficial del Ejército que fungía como abogado en la PETT este faltó éticamente y fue sancionado conforme a la Ley 41-08 sobre Función Pública y la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 139-13, pero tampoco se precisó qué hizo y en qué consistió la sanción.

A la poca judicialización de los casos se suma el desconocimiento de la población en general, y también de las autoridades, sobre las variantes de la trata de personas, lo que causa que se denuncien los casos por considerarse que la situación por la que atraviesa una persona es normal.

Participación Ciudadana le exigió al Congreso Nacional por un marco regulatorio preventivo y sancionador porque la actual ley (137-03) es “deficiente”.

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