Business

header ads

Si un animal ataca a una persona, ¿quién debe hacerse responsable?

 


Hace unas dos semanas, el video de un perro pitbull atacando a un hombre que padece cáncer de próstata se viralizó en redes sociales.

Tener una mascota conlleva una serie de aspectos legales a los que debe responderse en caso de algún ataque hacia una persona.

El Código Civil Dominicano en su artículo 1385 indica: "El dueño de un animal, o el que se sirve de él por el tiempo de su uso, es responsable del daño que ha causado aquel, bien sea que estuviese bajo su custodia, o que se le hubiera extraviado o escapado".

En una consulta legal con el abogado Carlos Salcedo, realizada por este diario, este indicó que una persona es responsable por los hechos referentes a las mascotas, animales domésticos o cualquier otra especie que cause daños a otros.

Es decir que, si un animal causa daños durante el ataque, legalmente, el dueño de la mascota debe encargarse de pagar por repararlos.

Hacerse responsable de las acciones de un animal también incluye pagos. Salcedo explica que en caso de que no “exista acuerdo en el valor de la reparación”, la persona afectada puede acudir al tribunal y solicitar que los daños sean cuantificados, de manera que puedan ser evaluados para la reparación adecuada. Se toman en cuenta las pruebas de los daños físicos y materiales, así como los daños morales producto de las lesiones recibidas.

De igual manera, cuando una persona es atacada, puede pedir que se cubran los gastos derivados del cuidado de los efectos que “estén directamente relacionados” al hecho del animal que causó daño. Estos gastos deben ser cubiertos por el propietario de la mascota, que, de acuerdo con las indicaciones del abogado y el artículo 1385, forma parte de la reparación del daño del que es adjudicado al encargado del animalito.

Ahora bien, una de las acciones tomadas hacia el animal cuando agrede a la persona es someterlo a un examen de evaluación para ponerle algún tipo de medicina que pueda ser requerida. En adición a esto, Carlos Salcedo explica que “en caso de ser un hecho aislado”, debe ser exigido al propietario el cumplimiento de su obligación de control del animal.

Acciones legales

Una persona que ha sido atacada o herida por un perro, gato u otro animal, tiene la posibilidad de tomar acciones legales hacia los propietarios de las mascotas a través de demandas en responsabilidad civil por daños y perjuicios, en busca de las reparaciones.

Citando el Artículo 1385 del Código Civil, Salcedo aseguró que la víctima del animal “puede exigir al propietario la reparación del daño ocasionado por el hecho del animal, que sea acorde con los daños físicos, materiales y morales recibidos”.

Por otra parte, el abogado recomienda a las personas que han sido atacadas por alguna mascota y quieren tomar medidas legales que se “mantengan documentado con pruebas” el hecho y las consecuencias que se derivaron del mismo, para que, de ser necesario, sean utilizados en el caso para exigir la reparación correspondiente.

Añadió que “pueden ser videos de cómo ocurrieron los hechos, los gastos para cubrir la consecuencia de los hechos, cualquier conversación con el propietario del animal y, de ser posible, testimonios de las condiciones del animal y de las formas habituales en las que se encuentra y cómo se relaciona con el entorno en el que ocurrieron los hechos”.

Cuando se tiene una mascota, es muy común que se vuelvan agresivos, sin embargo, no en todas las ocasiones se afronta la situación de una manera correcta. Por lo que, una de las interrogantes más frecuentes es: ¿qué hacer cuando se tiene un animal agresivo, para evitar responsabilizarse de los actos que pueda cometer?

Algunas recomendaciones para estos casos, especialmente si son perros, es cambiar el ambiente en que se encuentran o intentar educarlos y tratarlos de una forma en el que su comportamiento pueda ser manejable.

El jurista puntualizó que para lidiar con los animales agresivos no es bueno que se realice una crianza con un número animales en el hogar que sea mayor que aquellos que pueden ser mantenidos y controlados, según lo establecido por el artículo 17 de la Ley de Protección Animal y Tenencia Responsable, núm. 248-12; puesto que una cantidad menor podría ser más manejable en cuanto al comportamiento.

Además, agregó que “los dueños de animales domésticos están obligados, entre otros, a mantener el cuidado adecuado del animal creando las condiciones para que el animal no se escape, facilitar momentos de esparcimiento y diversión de la mascota”.

Es importante señalar que, si hay una negligencia por parte del propietario de una mascota durante su cuidado, ya sea en los términos de las obligaciones de control que debe tener sobre ellos, pueden perder a la mascota.

Carlos Salcedo declara que “es obligación del Estado salvaguardar los derechos de los animales y su igualdad ante la vida y protegerlos contra el descuido a que puedan ser sometidos, según lo dispuesto por el artículo 4 Ley de Protección Animal y Tenencia Responsable, núm. 248-12”.

El artículo 11 de la Ley de Protección Animal y Tenencia Responsable, número 248-12 sostiene que es posible que, por su obligación, el Estado recoja al animal y lo envíe a los albergues que deben ser dispuestos para el cumplimiento de esta obligación, si sus dueños no cumplen con las obligaciones correspondientes.

Publicar un comentario

0 Comentarios