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Salas unificadas de la SCJ determinan que las publicaciones periodísticas carecen de valor probatorio por sí solas

 

Salas unificadas de la SCJ determinan que las publicaciones periodísticas carecen de valor probatorio por sí solas


Las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia han establecido que las publicaciones periodísticas, por sí solas, no pueden considerarse como medios adecuados para comprometer la responsabilidad civil de un individuo.

Según la sentencia número SCJ-SR-23-00087, emitida el 29 de diciembre de 2023, estas publicaciones suelen ser redactadas por terceros que generalmente no son testigos directos de los eventos, basándose en testimonios de otras personas o fuentes secundarias.

Se destaca que los periodistas, en el ejercicio de su labor, pueden cometer errores, omisiones o interpretaciones subjetivas de los eventos que cubren, lo que afecta la fiabilidad de la información proporcionada.

Además, se aclara que los artículos de prensa no tienen valor certificante, a diferencia de otros medios reconocidos por la normativa y la jurisprudencia, como las actas oficiales públicas, testimoniales, peritajes o la comparecencia de las partes.

Esta decisión surge en el contexto de una demanda por daños y perjuicios relacionada con un accidente automovilístico durante una competencia en la base aérea de San Isidro, en la que un piloto perdió el control de su vehículo e impactó en el área de espectadores, causando la muerte de Eduardo Viñas Minaya.

Por lo tanto, las Salas Reunidas anulan la sentencia civil número 026-02-2021-SCIV-00660, emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 17 de noviembre de 2021. Como resultado, la causa y las partes vuelven al estado en que se encontraban antes de dicha sentencia, y se remiten a la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.

La decisión lleva las firmas de los magistrados Luis Henry Molina Peña (presidente), Manuel R. Herrera Carbuccia, Francisco A. Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Nancy I. Salcedo Fernández, Rafael Vásquez Goico, Vanessa E. Acosta Peralta, Napoleón R. Estévez Lavandier, María G. Garabito Ramírez, Moisés A. Ferrer Landrón, Francisco A. Ortega Polanco y Claudio A. Medrano.

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