Ante la controversia suscitada por la noticia de que el presidente Luis Abinader tomará juramento para su segundo mandato en el Teatro Nacional en lugar del Salón de la Asamblea Nacional, el abogado Julio Cury ha ofrecido su interpretación legal. Cury sostiene que la Constitución de la República Dominicana no especifica el lugar físico donde el presidente debe prestar juramento, sino ante quién: la Asamblea Nacional, es decir, la reunión conjunta de ambas cámaras del Congreso.
En una entrevista telefónica con El Gobierno de la Mañana, el jurista explicó que, al no estar definido por la Constitución el lugar específico de la ceremonia, no se puede imponer la obligación de realizarla necesariamente en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, basándose en normativas reglamentarias inferiores y anteriores a la Constitución vigente. "Ese es mi punto de vista", afirmó Cury.
El abogado destacó que el reglamento del Congreso Nacional, vigente desde 2002, no puede primar sobre la Constitución de 2010, ya que este último es el documento legal fundamental que debe regir cualquier interpretación o normativa en el país.
Cury hizo estas declaraciones en respuesta a las diversas
opiniones generadas por la decisión de Abinader de jurar su cargo en un
escenario diferente al tradicional, subrayando que la discusión radica en el
cumplimiento estricto de los preceptos constitucionales sobre el acto de juramentación
presidencial.
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