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TSE declara inad­misible extensión horario de votación

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Elec­toral (TSE), declaró inad­misible de oficio, la acción de ampro interpuesta por cinco partidos, buscando se ordene a la Jun­ta Central Electoral (JCE), extender el horario de votación y ampliar el protocolo sanitario a aplicar en recintos y colegios de votación en las elecciones extraordinarias del 5 de julio, para prevenir el coronavirus.
El tribunal consideró que la acción es improceden­te, debido a que procura la modificación del contenido normativo de un acto elec­toral expedido regularmen­te por la JCE.
Recordó que ya la JCE fue apoderada, el 27 de mayo, de una instancia con idénticas pretensiones que las reclamadas en la ac­ción de amparo.
Además, estableció que comprobó que la actuación denunciada como lesiva por los amparistas no resulta ar­bitraria ni ilegítima, según lo exigido por disposiciones constitucionales, legales y precedentes del Tribunal Constitucional y de la Corte Electoral.
La acción fue someti­da por los partidos Fuer­za del Pueblo, Bloque institucional Social De­mócrata (BIS), Quisque­yano Demócrata Cristiano (PQDC), de Unidad Na­cional (PUN) y Fuerza Na­cional Progresista (FNP), a través de los abogados Namphi Rodríguez, Juarez Castillo, Manuel Bonnelly y Thania Báez.
La decisión está conte­nida en el dispositivo de la sentencia TSE-674-2020, adoptada con el voto mayo­ritario de los jueces Román Jaquez Liranzo, presidente, Rafaelina Peralta, Cristian Perdomo y Santiago Sosa. Votó disidente el magistra­do Ramón Madera Arias

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