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Fuerza del Pueblo acusa Canciller de manipular informaciones



 SANTO DOMINGO.-  El Partido Fuerza del Pueblo acusó este viernes al ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, de mentir y manipular informaciones para tratar de confundir a la población.

En un documento emitido por su Secretaría de Asuntos Internacionales, la organización que dirige el expresidente Leonel Fernández, responde a recientes declaraciones del Canciller sobre las gestiones de gobierno que este último encabezó.

EL DOCUMENTO

El texto del documento es el siguiente;

«En el artículo de opinión escrito por el canciller de la República Dominicana Roberto Álvarez Gil, que circuló en la prensa nacional, repleto de desinformación y mal intencionado, con el objetivo de confundir a la ciudadanía dominicana, demuestra la memoria selectiva del Canciller que llegó al servicio exterior en el año 2005 tras ser designado embajador ante la Organización de Estados Americanos (OEA), por lo que se hace necesario señalarle algunos deliberados y mal calculados olvidos.

Veamos:

1.       Los periodos gubernamentales de los años 2012-2016  y 2016 -2020, no fueron parte de la gestión del expresidente Leonel Fernández, por lo tanto las cifras y acciones correspondientes a esas administraciones no le corresponden al líder de la Fuerza del Pueblo (FP). Lo cual es uno más de los numerosos retorcimientos de la verdad histórica que comete el alto funcionario en  el referido escrito.

2.       Según el artículo, los  principales parámetros internacionales utilizados para el proyecto de ley surgen de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, (Convención de Palermo, Italia) y sus protocolos contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, adoptados por las Naciones Unidas el 13 de diciembre del año 2000 y ratificados por el Gobierno dominicano en el 2006 y 2007.

Sin embargo, la resolución 492-06 en el artículo 6, acápite 3 emanada del Congreso y firmada por Leonel Fernández, establece que “el Estado considerará la posibilidad de aplicar medidas destinadas a prever la recuperación física, psicológica y social de las víctimas de trata de personas” y  el artículo 8 establece el derecho a la repatriación; el proyecto del Gobierno no limita a “considerar” o condiciona a “la posibilidad” sino que es imperativo en cuanto a la imposibilidad de deportar a aquellos ciudadanos a menos que ellos mismos lo decidan de acuerdo al artículo 1, y al principio rector numero16 del proyecto de Ley retirado por la presión popular.

3.       Otra tergiversación por parte del oficialismo es la acusación  que le  hace a Fernández de mezclar los términos jurídicos migratorios y de refugio. Por lo que le recordamos que el repudiado proyecto de Ley en el artículo 2.5 dice: “Persona objeto de tráfico ilícito de  migrantes: son aquellas personas que acuerdan voluntariamente con una o más personas, o grupo delictivo organizado, ingresar o salir del país de manera irregular, violentando las  normas migratorias a cambio de dinero u otros beneficios.” Esta falta de diferenciación entre migrante irregular o ilegal con la víctima de trata tiene  el peligro de que convertiría a todos los migrantes ilegales en víctimas de trata  obligando al Estado dominicano a no ejercer su derecho soberano de deportación de quienes estén en condición de irregularidad en su territorio.

Asimismo, el fracasado proyecto de marras, obligaría al Estado a concederles las atenciones previstas en los artículos 63 al 71 del referido proyecto: educación, salud, casas de acogida, nueva identidad, ayuda para conseguir trabajos, permisos de residencia, posibilidad de traer al país a sus familias, entre otras concesiones inadmisibles.

4.       Igualmente otra contradicción en que incurre el señor Álvarez, consiste en acusar al expresidente Leonel Fernández de menoscabar los derechos fundamentales de mujeres y niñas en su artículo mencionado, pero al inicio del mismo hace referencia  a la ratificación de la “Convención de Palermo” y sus protocolos.

5. A cuenta de las retorcidas manipulaciones del alto funcionario, obvia mencionar el procedimiento de adopción de los Tratados Internacionales es que una vez firmados por el  Gobierno de turno deben ser ratificados por el Congreso Nacional y posteriormente  depositados por el Poder Ejecutivo ante el organismo correspondiente. Por lo que al entonces gobierno de Leonel Fernández le correspondió el 22 de diciembre de 2006 publicar la resolución 492-06 que adoptó el protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente  mujeres y niños.

De igual manera se refiere y- asume- el «Principio de la No Devolución» como una regla firmemente establecida en el Derecho Internacional Público que nuestras autoridades siempre han observado.  «Olvida» el señor canciller que este  principio no puede poner en riesgo la soberanía e integridad territorial de ningún Estado. 

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