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Tribunal Superior Administrativo rechaza acción de amparo contra el Fideicomiso “Parquéate RD”

 

Tribunal Superior Administrativo rechaza acción de amparo contra el Fideicomiso “Parquéate RD”

Santo Domingo.

 La Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la acción de amparo preventivo interpuesta por el abogado constitucionalista y exfiscal Cirilo de Jesús Guzmán López contra el Fideicomiso Público “Parquéate RD”, mediante la sentencia núm. 0030-1642-2025-SSEN-00340.

El tribunal concluyó que no se demostró que la entidad accionada hubiera impuesto multas en perjuicio del demandante ni de ningún ciudadano, ni que existiera una afectación de derechos fundamentales. “La parte accionante no ha acreditado la existencia de un acto administrativo concreto que imponga las multas en cuestión, ni ha señalado con precisión el fundamento legal sobre el cual se basaría dicha imposición; de hecho, el propio accionante admite desconocer cómo y a través de qué mecanismos se impondrían esas multas”, establece la decisión.

En consecuencia, el TSA determinó que no se configura vulneración de derechos como el de propiedad o el debido proceso, al no existir un acto impugnado o un perjuicio comprobado. La sentencia también resalta que el legislador ha previsto un procedimiento legal, ordenado y transparente para la remoción, custodia y eventual disposición de vehículos estacionados en lugares prohibidos, garantizando tanto la seguridad vial como el respeto al derecho de propiedad.

La acción de amparo fue presentada en rechazo al cobro de RD$5,000 aplicado a conductores sancionados por estacionarse en áreas indebidas. Del monto, RD$1,000 corresponden a la infracción establecida por la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), mientras que los RD$4,000 cubren el servicio de grúa y custodia en depósitos autorizados, con un recargo adicional de RD$400 por cada 24 horas.

Los pagos deben realizarse a través de la página de la Procuraduría General de la República o en sucursales del Banco de Reservas, mientras que los cargos por traslado y custodia se abonan en la cuenta 9608371555 a nombre de “Parquéate RD” o mediante la aplicación MOVIPASS. El centro de detenciones vehiculares se encuentra en la avenida 27 de Febrero #368, casi esquina Dr. Defilló.

El jurista Guzmán López había alegado que este esquema de cobros era “arbitrario, carente de base legal expresa y contrario al principio de legalidad”. En su defensa, citó el párrafo III del artículo 242 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Sin embargo, el fideicomiso “Parquéate RD”, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), sostuvo que los montos están amparados en dicha ley, que autoriza los pagos adicionales por los gastos operativos de remolque y custodia, incluso en casos de robo de vehículos.

El plan “Parquéate RD” comenzó el lunes 4 de agosto, bajo la coordinación del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y la DIGESETT, con el objetivo de ordenar el tránsito en el Distrito Nacional mediante la fiscalización de los conductores que estacionan en lugares prohibidos.

De acuerdo con la sentencia del TSA, este marco normativo busca equilibrar el interés general en la seguridad vial y el orden público con las garantías individuales de los ciudadanos, al establecer procedimientos claros para la entrega de los vehículos, la notificación pública, los plazos de reclamación y el uso transparente de los fondos provenientes de eventuales subastas.

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